La partida de mus de los IBI del suelo urbanizable

La sentencia de 30 de mayo de 2014 hizo saltar a la opinión pública un problema que muchos profesionales veníamos denunciando: la tributación como urbano del suelo urbanizable sin expectativas reales de desarrollo, convertido en urbanizable durante la locura urbanística que sacudió a España en la primera década del siglo XXI. En este sentido, el Tribunal Supremo resolvió que el suelo urbanizable sin desarrollo no podía tener otra consideración a efectos catastrales que la de rústico, eliminando así el elemento especulativo también en la valoración catastral, tal y como señala la Ley del Suelo.

Esta sentencia de inadmisión de recurso de casación en interés de ley promovido por la propia Administración, siendo relevante en su contenido, va a ser muy controvertida en cuanto a su aplicación. De nuevo tenemos servida la ya clásica partida de mus de los tributos locales entre dos parejas más o menos avenidas: los ayuntamientos y Catastro de una parte; y de otra, los contribuyentes junto a juzgados y tribunales de lo contencioso. Tras el nuevo reparto de cartas realizado por el Tribunal Supremo, los ayuntamientos, a través de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP?), son mano y su jugada se ha anunciado en una circular de 1 de agosto en la que señalan que la sentencia no tiene efectos jurídicos directos sobre las situaciones jurídicas particulares, ni produce la anulación de las ponencias de valores aprobadas a la fecha del fallo, ni respecto de los valores catastrales de los bienes inmuebles calculados en su aplicación.

Además, según la circular, la sentencia tampoco declara la nulidad de las liquidaciones de IBI derivadas de los valores catastrales, por lo que cuantos recursos o escritos se interpongan ante los ayuntamientos solicitando la anulación o devolución de las liquidaciones emitidas del IBI en aplicación de la sentencia, deben ser desestimadas por falta de competencia de las entidades locales para su resolución, al haberse practicado conforme a los valores catastrales vigentes. El documento también recuerda que la Comisión Técnica de Cooperación Catastral (Catastro y los municipios) propone una reforma de la Ley del Catastro para adecuarla a la sentencia; y por último, que, con ayuda de las Gerencias de Catastro, se analizará municipio a municipio, la situación de los suelos urbanizables de conformidad con el criterio de la sentencia, para que se incorpore a las nuevas ponencias que se aprueben en lo sucesivo.

Dicho en pocas palabras, la jugada de los ayuntamientos consistirá en no estimar ninguna reclamación sobre la base del criterio de la sentencia del Supremo de 30 de mayo, y que únicamente la tendrán en cuenta a futuro, en una hipotética revisión de la Ley de Catastro y en las ponencias de valores que se aprueben a partir de ahora. Ahora toca el turno a los contribuyentes titulares de suelo urbanizable, que a buen seguro, y aún conociendo la jugada de los ayuntamientos, van a apostar tanto por impugnar sus liquidaciones y solicitar devoluciones, como por instar al Catastro la calificación como rústico del suelo urbanizable.

Por su parte, al Catastro le corresponderá decidir si admite las solicitudes de recalificación catastral de suelo urbanizable propugnadas por los contribuyentes afectados y, sobre todo, la efectividad temporal de la reclasificación. Quienes cerrarán la mano serán los juzgados y tribunales de lo contencioso-administrativo, que será a quienes corresponda aplicar la tarea de aplicar el criterio del Tribunal Supremo. La mano está servida, pero es clave jugar bien las cartas , pues aunque la partida parezca ganada, una mala decisión puede provocar perder la partida y pagar las costas, que serán algo más que los cafés o las copas de una partida de mus.

Prensa – Expansión

Un pensamiento en “Prensa – Expansión

  • 21 octubre, 2014 a las 11:03
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    No puedo estar mas de acuerdo con dicho artículo, por cuanto que aún estando lo suficientemente clara la doctrina del Tribunal Supremo, si es cierto que han hecho un frente comun Catastro y ciertos Ayuntamientos de este país (Chiclana es uno de ellos), para no devolver el IBI cobrado indebidamente a los contribuyentes.

    Es mas, ¿saben Uds. cuantos millones de metros cuadrados tenían previsto urbanizar y ni se han hecho ni se harán en Chiclana? ¿Saben Uds que a todos esos suelos calificados como urbanizables (AGB) se les han estado cobrando un IBI urbano?

    Y tienen la desfachatez los de la FEMP (son ellos mismos Catastro y Ayuntamientos) de decirnos que van a proponer el modificar la Ley del Catastro, para adaptarla a dicha sentencia del Supremo; pero bueno no dicen que la sentencia no tiene efectos jurídicos directos sobre las situaciones juridicas de los particulares, ¿a que viene pues modificar la Ley?, quizás para burlar de nuevo el tener que revisar y devolver cantidades de cuotas cobradas indebidamente como IBI urbano de todos estos suelos que a efectos del Catastral no debieron nunca haberse cobrado como tal calificación.

    Pero lo mas vergonzoso de todo esto, es que existan municipios que incluso desde antes de que saliese dicha sentencia del Supremo , ya se habían pronunciado públicamente que no iban a devolver ni un euros a sus vecinos (como el caso del Ayuntamiento de Chiclana), cuando otras ciudades del pais por el contrario habían dado muestras de seriedad , honestidad y lealtad hacia sus contribuyentes devolviendo las cantidades que por IBI fueron cobradas indebidamente a los vecinos, a fecha de hoy ,hay otros municipios que están poniendo en marcha dichas devoluciones.

    El gobierno municipal del PP-PVRE, lejos de defender los intereses de los vecinos y exigir del Catastro de Cádiz el cumplimiento de las leyes y sentencias de los Tribunales, hace todo lo contrario se alinea y hace frente comun junto al Catastro para atacar a los vecinos contribuyentes, dejando sus bolsillo o cartera mas vacías y mermando su economía familiar cada vez más haciendoles más pobres. ¿hasta cuando?

    Y además tienen la poca verguenza estos gobernantes de decir, que a ellos los han puestos los votantes y, harán por tanto, lo que les vengan en gana que para eso les han votado.

    Ante tales hechos y afirmaciones, ya tengo muy claro lo que debo hacer cuando lleguen las votaciones para las municipales, autonomicas y generales: QUIEN MERMA MI ECONOMIA, ME EMPOBRECE, Y ME ASALTA EL BOLSILLO O CARTERA, ESOS NO TENDRÁN MI VOTO JAMAS.

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