NUEVOS FALLOS DEL TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCIA, OBLIGAN AL CATASTRO A QUE SE REALICEN UNA NUEVA VALORACION DE LOS INMUEBLES, DONDE, SE APLIQUEN LOS MODULOS ANTERIORES A LA PONENCIA DE VALORES APROBADA EN EL AÑO 2007.

La asociación Iniciativa Social por una Chiclana y un IBI real se felicita por el nuevo varapalo que el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucia (TEARA) ha vuelto a dar a la Gerencia del Catastro de Cádiz en dos reclamaciones que fueron presentadas en septiembre 2014 y en enero 2015, las cuantías de las reclamaciones se cifran en 405.304, 80 euros.

Desde la asociación- recuerdan- que cuando se aprobó la ponencia total para el año 2008, hubo reclamaciones, protestas, manifestaciones, con ninguna consecuencia práctica, salvo para aquellos que litigamos, es a lo que nos estamos teniendo que acostumbrar los ciudadanos. Nuestras relaciones con la gerencia del Catastro de Cádiz no son colaborativas, no hay participación, no se nos ayuda, no se nos asiste, los “papeles” priman sobre la realidad inmobiliaria, razón y las personas, la burocracia solo les sirve para ignorar las rectificaciones a sentencias, no solucionan los problemas de los ciudadanos contribuyentes, les dan larga, pero nosotros no nos cansaremos.

Esta asociación mantiene dos líneas de trabajo, una, la de concienciar a los vecinos de Chiclana que estamos recibiendo un “trato fiscal injusto”, y otra más lenta, pero a la larga eficaz, la de “reclamar ante los órganos competentes”; ahora y además para todos, estamos instando ante el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEC) con sede en Madrid, (Recurso 11/0026/2015)

Esta asociación ya en su día, alentamos a varios millares de contribuyentes a instar devoluciones, que fueron denegadas por silencio tras una afirmación escrita de la gerencia del Catastro de Cádiz al Ayuntamiento de Chiclana, donde decían que no había que devolver ni un euro. La prueba es que la concejala de Hacienda Sra. Hita por aquel entonces el 14 de septiembre 2014 hizo público un escrito del gerente del Catastro de Cádiz, donde éste le informaba “que el Ayuntamiento no tenía que devolver nada”; ahora, ya vemos que fue una información falsa, pero fue la coartada para denegar por silencio, muy en línea con lo que nos tiene acostumbrado el Gerente Territorial del Catastro de Cádiz Sr Miguel Gómez.

Continúa –diciendo- la asociación, que el trabajo aún no ha terminado, vamos a iniciar una campaña para que los vecinos formulen reclamaciones para las revisiones de sus valores catastrales individualmente, para ello difundiremos un modelo estándar; asimismo, también es el momento de revisar los indivisos, pues hay contribuyentes que están pagando construcciones que ni usa ni son suyas, y tampoco se individualizan pese al artículo 400 del código civil, y el artículo 6. apartado 2 de la Ley 15/2015, y como lo ordenan numerosas sentencias, “se tiene que pagar por lo que se posee y no por lo que disfrutan otros”. Tampoco pagamos todos por todos, a muchos ni se les apercibe, lo que no está registrado en el Registro de la Propiedad, para ellos no existe, cuando creemos que debe ser justo al revés, porque “es el Catastro y Registro quienes se deben adaptar a la realidad inmobiliaria”.

Hasta la fecha, el TEARA, ha emitido numerosos Fallos en favor de reclamaciones de contribuyentes de Chiclana, llevadas a cabo por esta asociación y por sus bufetes colaboradores, y dejan acreditados, según resuelve y asume su propio texto que: “en la elaboración de la Ponencia parcial se ha obviado los plazos para que los interesados puedan ejercer sus derechos de participación y defensa, no consta el plazo empleado para su elaboración, faltan diversos informes municipales, falta un estudio de mercado, planimetría adecuada y memoria insuficiente, y se basa en una ponencia de valores total que ha sido declarada nula por la Sección 1ª del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en sentencia del 11 de septiembre de 2011,en Recurso 680/2011”.

Y continúa el Fallo diciendo en sus Fundamentos de Derecho, “este Tribunal rectifica su doctrina acatando las sentencias ya dichas”, para a continuación plasmar textualmente parte de la Memoria de la Ponencia Parcial con datos económicos que eran los de la Ponencia Total, que ya estaban declarados nulo. El Fallo estima nuestras reclamaciones (solo para el reclamante) y ordena a la gerencia del catastro a una nueva valoración catastral del inmueble, donde se deben de aplicar los módulos anteriores al año 2007.

LA IMPLICACION DEL GERENTE TERRITORIAL DEL CATASTRO DE CADIZ SR. GOMEZ.

Desde hace años venimos denunciando, que el gerente del Catastro de Cádiz Sr. Gómez “no cumple con la ley”, especialmente con la Ley de Procedimiento Administrativo a la hora de resolver.  No facilita la Audiencia a los interesados, ni la mejora de Solicitud, ni la práctica de pruebas, Recursos, incluido el de Alzada (todos están en el portal del Catastro), llegando a la desfachatez de decirnos en una reunión el pasado año “de que este recurso de alzada no existe”.

El gerente del Catastro de Cádiz-continúa diciendo la asociación- “no acata las sentencias de los Tribunales que declaran nulas las Ponencias, no rectifica, no sabemos qué interés o razón concreta le mueve a ello, pero lo que sí parece claro, es que, contra viento y marea, contra toda razón, contra toda sentencia, mantiene la defensa de un trabajo que nosotros, apoyados ya por el Tribunal, aun tratando de ser indulgentes, clasificamos como poco racionales”. No se inhibe y resuelve sobre sus mismos actos, por lo que jurídicamente está contaminado y habría que plantearse su recusación, y ahora, como no tiene bastante, pretende llevar a cabo otra nueva Ponencia Parcial.

Sabemos que el Fallo que nos ocupa no es firme y puede ser recurrido en Contencioso Administrativo, y si es así ¿será la prueba definitiva de que el Sr. Gómez está prevaricando?

Nota informativa – 16 de enero

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